martes, 14 de octubre de 2014
Funcionarios encargados de llevar el registro
Son encargados de llevar el registro del estado civil de las personas:
1. Dentro del territorio nacional, los notarios, y en los municipios que no sean sede de notaría, los registradores municipales del estado civil de las personas, o en su defecto, los alcaldes municipales.
La Superintendencia de notariado y Registro podrá autorizar, excepcional y fundadamente, a los delegados de los registradores municipales del estado civil y a los corregidores e inspectores de policía para llevar el registro del estado civil.
2. En el exterior, los funcionarios consulares de la República.
referetes
Decreto 1260 de 1970 art.118
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