martes, 30 de septiembre de 2014

Registro del nacimiento





El registro civil de nacimiento el bebé nace a la vida jurídica, ya que el registro civil es un derecho de todos los niños y constituye la llave de acceso a los bienes y servicios del Estado, por eso este acto es obligatorio. 


Se entiende por registro del nacimiento el acto por el que las personas obligadas dan cuenta del mismo a las autoridades responsables de los correspondientes Registros Civiles.



La filiación paterna no matrimonial queda determinada legalmente por reconocimiento del que afirme ser padre efectuado por comparecencia ante el Encargado del Registro Civil (art.1201 Cc) y,si el reconocido es menor de edad, el reconocimiento es eficaz si presta su consentimiento expreso la madre y representante legal del menor (art.124Cc).

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